PRUEBA PERICIAL EN JUICIOS ACUMULADOS.
Si en dos juicios acumulados se ha ofrecido la prueba pericial, y sólo se desahoga por una vez, en forma que comprenda las cuestiones planteadas en ambos, no hay violación procesal en otorgarle el valor que legalmente tenga, por lo que hace a las cuestiones legales planteadas en ambos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/256029-79af2072/prueba-pericial-en-juicios-acumulados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 227/68 (179/62). Automotriz Poza Rica, S.A. 15 de enero de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
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