Corpus
Modo: Corpus Pro

USUFRUCTO. SU TRANSMISION, AUN EN FORMA AUTONOMA, ESTA GRAVADA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 256110 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 47, Sexta Parte; Pág. 63

La interpretación armónica de los artículos 443, 447, fracción II, y 456, fracción IX, de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, lleva a establecer que la transmisión del usufructo, aun cuando no vaya acompañada de la transmisión -previa o posterior- de la nuda propiedad, está gravada específicamente y, por ende, causa el tributo correspondiente, no obstante se le considere como una desmembración temporal de la propiedad que no implica, por sí misma, una transmisión de dominio.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/256110-1aa9cfab/usufructo-su-transmision-aun-en-forma-autonoma-esta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo DA-319/72. Gabriel Palomar Silva y Luz León de Palomar. 24 de noviembre de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Felipe López Contreras.

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