Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

PRUEBAS EN EL AMPARO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 256550 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 37, Sexta Parte; Pág. 52

Conforme a las artículos 91, 51 y relativos de la Ley de Amparo, en relación con la tesis de jurisprudencia visible con el número 145, en la página 268 de la Sexta Parte del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación publicado en 1965, y con la tesis relacionada a esa jurisprudencia y que aparece en primer lugar en la página 269 del mismo volumen citado, se debe estimar que en el amparo indirecto las pruebas deben ser rendidas en la primera instancia, en la que hay dilación probatoria y sólo podrían ser recibidas en la segunda instancia o reponerse el procedimiento relativo, cuando se trate de pruebas supervenientes o de pruebas que la parte oferente no haya podido conocer oportunamente sin que hubiera en ello negligencia inexcusable de su parte. Así pues, no podrán recibirse en la revisión pruebas que la parte oferente pudo y debió ofrecer en primera instancia.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/256550-5319c0bc/pruebas-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión RA-2841/71. Enrique Benítez Vargas. 11 de enero de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis