SUSPENSION PROVISIONAL; NO ES REVOCABLE POR HECHOS SUPERVENIENTES.
Si bien es verdad que el artículo 140 de la Ley de Amparo estatuye que "mientras no se pronuncie sentencia ejecutoriada en el juicio de amparo, el Juez de Distrito puede modificar o revocar el auto que haya concedido o negado la suspensión, cuando ocurra un hecho superveniente que le sirva de fundamento", también lo es que esta posibilidad de revocación o de modificación de dicha medida, se contrae únicamente a la suspensión definitiva, pues es posteriormente a la celebración de la audiencia relativa cuando el a quo se encuentra en la hipótesis prevista por el aludido artículo 140; y es lógico que sea así, dado que en la suspensión provisional está legalmente prevista para que sea decretada sin que cuente el juzgador con más elementos que los proporcionados por la parte quejosa; y su duración es efímera, ya que será en la audiencia a que se refiere el artículo 131 de la ley de la materia, cuando, contando con mayores elementos, incluso con los que proporcionen las responsables y los terceros perjudicados, si los hay, el juzgador esté en aptitud de resolver acerca de la suspensión definitiva.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/256715-3a0e2be1/suspension-provisional-no-es-revocable-por-hechos-supervenientes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SUSPENSION PROVISIONAL, TRATANDOSE DE LA. NO PROCEDE LA REVOCACION POR HECHO SUPERVENIENTE. (I.3o.A.96 K)
- SUSPENSION PROVISIONAL, OBLIGACION DEL JUEZ DE DISTRITO DE ANALIZAR LAS DOCUMENTALES QUE LE SON EXHIBIDAS, PARA DETERMINAR SI JUSTIFICAN O NO MODIFICAR O REVOCAR EL AUTO EN QUE NIE (s/clave)
- QUEJA IMPROCEDENTE CONTRA EL AUTO QUE DENIEGA REVOCAR LA SUSPENSION PROVISIONAL, POR HECHOS SUPERVENIENTES. (s/clave)
- SUSPENSION SOLICITADA POR CAUSA SUPERVENIENTE. CASO EN EL QUE SOLO SE SOLICITA SUSPENSION PROVISIONAL. (s/clave)
- SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE. (s/clave)
- SUSPENSION PROVISIONAL, IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVISION, TRATANDOSE DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis