IMPRUDENCIA. NO EXISTE COMO FIGURA DELICTIVA AUTONOMA.
La responsabilidad penal únicamente puede ser atribuible a dolo o a culpa, es decir, sólo puede fundarse en la intención o en la imprudencia del agente; y en esas condiciones, no debe confundirse a las figuras delictivas tipificadas en la ley penal sustantiva, cuyo cuerpo lo constituyen los elementos materiales que lo integran, con la responsabilidad misma, puesto que el cuerpo del delito es ajeno a cualquier clase de responsabilidad, trátese de dolosa o culposa. Por ello, legalmente no puede existir, propiamente hablando, la figura delictiva con la denominación de delito imprudencial, puesto que ya se dijo que, siendo ésta una de las dos formas en que puede fundarse la responsabilidad, es incuestionable que no puede hablarse de la comprobación del cuerpo del delito si no se atiende a los elementos materiales que lo integran, tipificados con características propias en la ley penal sustantiva.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/257113-418c9141/imprudencia-no-existe-como-figura-delictiva-autonoma · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- IMPRUDENCIA. DEBE PROBARSE COMO ELEMENTO DE LA RESPONSABILIDAD. (s/clave)
- IMPRUDENCIA, DELITO DE. (s/clave)
- IMPRUDENCIA. DEBE PROBARSE PLENAMENTE. (s/clave)
- IMPRUDENCIA, DELITOS POR. PRUEBA DE LA RESPONSABILIDAD. (s/clave)
- IMPRUDENCIA, DELITO DE. (s/clave)
- IMPRUDENCIA, CORRESPONDE AL MINISTERIO PUBLICO LA CARGA DE LA PRUEBA SOBRE LA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis