Corpus
Modo: Corpus Pro

TESTIGOS, VALOR PROBATORIO DE LAS DECLARACIONES DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 257164 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 16, Sexta Parte; Pág. 27

No es violatorio de garantías individuales el hecho de que el tribunal niegue valor probatorio a las declaraciones de unos testigos si tomó en cuenta además de los elementos de justipreciación concretamente especificados en las normas positivas de la legislación aplicable, las demás circunstancias objetivas y subjetivas que, y mediante un proceso lógico y un correcto raciocinio, condujeron al mencionado tribunal a determinar la mendacidad de los referidos testigos.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/257164-1980c526/testigos-valor-probatorio-de-las-declaraciones-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 483/69. Penal. Tomás Melchor Cortés. 24 de abril de 1970. Unanimidad de votos. Ponente: Nicéforo Olea Mendoza. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 282, página 559. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "TESTIGOS, APRECIACION DE LAS DECLARACIONES DE.".

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