Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

VEHICULOS PROPULSADOS POR MOTORES DIESEL Y POR MOTORES ACONDICIONADOS PARA USO DE GAS LICUADO DE PETROLEO, LEY DEL IMPUESTO SOBRE. REVISION INTERPUESTA POR LAS AUTORIDADES EJECUTORAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 257933 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXII, Primera Parte; Pág. 14

Como el artículo 87 de la Ley de Amparo, establece claramente que tratándose de amparos contra leyes, los titulares de los órganos del Estado a los que se encomiende su promulgación, o quienes los representen en términos de la propia ley, podrán interponer, en todo caso, el recurso de revisión; como, por otra parte, el presidente de la República tuvo a su cargo la promulgación de la Ley del Impuesto sobre Vehículos Propulsados por Motores Tipo Diesel y por Motores Acondicionados para uso de Gas Licuado de Petróleo, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1953, y como, por último, el presidente de la República puede ser representado en este caso por el secretario de Hacienda, conforme al artículo 19 de la Ley de Amparo, ya que este último funcionario intervino en el refrendo de las leyes tributarias de que se trata, es claro que de todo ello debe concluirse que el secretario de hacienda sí está facultado para interponer, por medio del funcionario que legalmente lo represente, el recurso de revisión en contra de la sentencia dictada por el Juez de Distrito en el amparo promovido contra las leyes de que se ha hecho mención.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/257933-f1fd8774/vehiculos-propulsados-por-motores-diesel-y-por-motores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Reclamación en el juicio de amparo en revisión 325/60. Cooperativa de Autotransportes La Piedad de Cabadas, S. C. L. 11 de junio de 1963. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis