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Modo: Corpus Pro

QUEJA ANTE LA SUPREMA CORTE, REQUISITOS DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 258190 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLVI, Primera Parte; Pág. 284

Las quejas de que conoce el Poder Judicial de la Federación, Suprema Corte, Tribunales Colegiados de Circuito y Jueces de Distrito, siempre son incidencias que surgen durante la tramitación de los juicios de amparo directos o indirectos, sistema que deriva de los artículos del 95 al 102 de la Ley de Amparo; de manera que, faltando el antecedente imprescindible o sea la existencia de un juicio de amparo cuyo conocimiento correspondiera a esta Suprema Corte y de donde surgiera el acto materia de la queja, falta de este Alto Tribunal toda competencia para pronunciarse sobre el fondo de las gestiones de la quejosa por ser inconcebible en lógica la existencia de lo accesorio sin lo principal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/258190-f556a828/queja-ante-la-suprema-corte-requisitos-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 213/56. Carmen Luna de Rivera. 18 de abril de 1961. Unanimidad de quince votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

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