Corpus
Modo: Corpus Pro

FRAUDE, COMPETENCIA EN CASO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 258492 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXVII, Primera Parte; Pág. 130

Si en el caso en que haya existido el delito de fraude lo fue en virtud de un juicio y de una escritura simulados, seguido el juicio y otorgada la escritura en determinado lugar, tal delito se cometió en el mismo, y por lo tanto es Juez competente para conocer del proceso el de dicho lugar, y no es exacto que se haya cometido en el lugar de ubicación de los bienes defraudados, si allí sólo se verificó el embargo ordenado en el juicio que se dice simulado, todo esto en el caso en que las legislaciones de los Estados cuyos Jueces compitan, previenen que es Juez competente para juzgar de los hechos delictuosos y para aplicar la sanción procedente el lugar donde se hubiere cometido el delito.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/258492-9df2c246/fraude-competencia-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 150/51. Suscitada entre el Juez Quinto de la Segunda Corte Penal de la Ciudad de México y el Juez de Defensa Social de Ciudad Serdán, Estado de Puebla. 9 de septiembre de 1959. Mayoría de trece votos. Disidentes: Gabriel García Rojas, José Rivera Pérez Campos, Rafael Matos Escobedo y Arturo Martínez Adame. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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