DESPOJO, COMPETENCIA EN CASO DE.
La invocación de que un despojo se verificó contrariando el aseguramiento decretado por el agente del Ministerio Público Federal, no es legal para fundar la incompetencia del Juez del orden común, pues ese hecho no da al delito el carácter de federal, porque no está comprendido en inciso alguno de la fracción I del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que señala cuáles son los delitos federales. Tal hecho sólo podría constituir otro delito independiente del despojo, pero si el agente del Ministerio Público sólo ejercitó la acción penal por el delito de despojo, únicamente éste puede tenerse en cuenta y como no es de los previstos en el Código Agrario, que surte la competencia federal, si no fue cometido en propiedad de la nación, la competencia para conocer de la averiguación penal corresponde al Juez del orden común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/258515-e759e639/despojo-competencia-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DESPOJO. COMPETENCIA. (s/clave)
- DESPOJO. COMPETENCIA DEL FUERO COMUN. ( [TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 153)
- DESPOJO. COMPETENCIA DEL FUERO COMÚN.- (88)
- EJIDOS, COMPETENCIA EN CASO DE DESPOJO. (s/clave)
- DESPOJO, COMPETENCIA TRATANDOSE DEL DELITO DE (COMISARIADOS EJIDALES Y COMITES EJECUTIVOS AGRARIOS). (s/clave)
- DESPOJO, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL DELITO DE (EJIDATARIOS). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis