ARBITRIO JUDICIAL PARA INDIVIDUALIZAR LA PENA, EJERCICIO INDEBIDO DEL.
Es incorrecto inferir la peligrosidad del delincuente, no de las circunstancias concretas en que se cometió el delito ni de las condiciones personales del acusado, sino de la propia naturaleza del delito abstracto, pues ya el legislador al señalar la pena calificó, la gravedad del delito abstracto y al juzgador sólo le corresponde examinar en cada caso concreto la penalidad aplicable dentro de los límites señalados por la ley. Así al considerar que por la propia naturaleza del delito abstracto, debe aplicarse la penalidad media, se haría nugatoria la voluntad de la ley que permite aplicar desde el mínimo señalado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259410-49f2be0e/arbitrio-judicial-para-individualizar-la-pena-ejercicio-indebido · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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