ROBO, AUNQUE SE ABANDONE VOLUNTARIAMENTE LO ROBADO, NO QUEDA DESVIRTUADO EL DELITO DE.
El delito de robo consiste en el apoderamiento de cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de ella; y no queda desvirtuado el delito aun cuando el ladrón abandone voluntariamente lo robado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259725-bc349d8a/robo-aunque-se-abandone-voluntariamente-lo-robado-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3845/63. José Moctezuma Rangel. 4 de diciembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.
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