LEGITIMA DEFENSA, EXISTENCIA DE LA.
Para que exista legítima defensa, se requiere que la actualidad de la agresión evidencie un peligro real y que cualquier acción del que se defiende se ejercite contemporáneamente a aquella, y no represente una simple eventualidad; de donde cabe concluir que no debe tenerse por justificada la legítima defensa en presencia de simples conjeturas, sino cuando haya habido un peligro tan inminente que, de no proveerse a la defensa, se realizaría el daño.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259942-d6ef666e/legitima-defensa-existencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 8938/62. Roberto Medina Bernal. 29 de julio de 1963. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
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