ROBO, INDIVIDUALIZACION DE LA PENA. FALTA DE VALORACION DEL OBJETO MATERIA DEL DELITO (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).
El artículo 371 del Código Penal del Distrito Federal, debe aplicarse cuando el objeto materia del delito no sea susceptible de valoración; pero si lo robado no se encuentra en ese caso, sino que siendo parte de lo robado una cierta cantidad de dinero y el resto de lo sustraído no se valorizó pero sí era valorizable, procede considerar el monto del delito, para la imposición de la pena, sólo a lo que asciende la suma de dinero.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260177-f8fc1bb9/robo-individualizacion-de-la-pena-falta-de-valoracion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1970/52. Alfonso Hernández Rodríguez. 9 de agosto de 1962. Mayoría de tres votos. Disidente: Alberto R. Vela. Ponente: Manuel Rivera Silva.
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