CONFESION ANTE AGENTE DEL SERVICIO SECRETO, APRECIACION DE LA.
No tiene fuerza probatoria la confesión hecha ante agentes del Servicio Secreto, por no haberse producido en presencia del Juez o tribunal de la causa o ante el funcionario de la Policía Judicial que hubiera practicado las primeras diligencias, y puesto que los agentes no declararon en el proceso ni fueron careados con el inculpado, su informe no basta para comprobar el cuerpo del delito, tanto más cuanto que se encuentra contradicho por la primera declaración que hizo el ofendido y por el resultado del careo practicado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260463-47068675/confesion-ante-agente-del-servicio-secreto-apreciacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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