COPARTICIPACION.
Aun cuando no se haya apoderado el quejoso de objeto alguno de lo robado, participó en la comisión del delito, desempeñando el papel de vigilante que le fue asignado, y por tanto, es coautor e incurrió en la misma responsabilidad que sus coacusados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Penal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260727-45e84ca9/coparticipacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3157/61. Espiridión Calvario Sandoval. 18 de septiembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.
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