CHEQUES SIN FONDOS, REPARACION DEL DAÑO EN CASO DE.
Al condenado por el delito expedición de cheques sin fondos debe exonerársele de la reparación del daño, porque la simple expedición de un cheque no pagado por causa imputable al girador, constituye el delito especial a que se ha hecho referencia, sin causar por sí mismo daño alguno, supuesto que el beneficiario tiene expedita su acción para exigir el pago de la cantidad consignada en el cheque, con todas sus consecuencias legales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260732-e3102bc2/cheques-sin-fondos-reparacion-del-dano-en-caso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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