ROBO, PENA APLICABLE AL.
El Juez, para aplicar la pena que amerite un delito de robo cuyo monto no excede de quinientos pesos, no puede ni debe hacer un cálculo aritmético, sino por el contrario, después de tomar en cuenta las circunstancias personales del delincuente y las exteriores de ejecución del delito, imponer la pena que conforme a su arbitrio debe aplicarse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261444-38e6154f/robo-pena-aplicable-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4509/60. Raúl Jiménez Salinas. 24 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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