PERITOS, APRECIACION DE SUS DICTAMENES.
Aparte de que el Juez natural conserva su libertad, de acuerdo con su soberanía decisoria, para apreciar las pruebas que obran en la causa, entre ellas la que proviene de un órgano especializado de prueba, como lo es el perito, en el caso procedió conforme a la ley al declararlo irrelevante, si dicho dictamen se basó en los datos ya existentes en autos, pero sin aportar ningún elemento de convicción, lo cual implica que con ello no sólo emite opinión, sino que además asume funciones que corresponde exclusivamente al juzgador por lo que ve a la apreciación de las pruebas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261535-e335df08/peritos-apreciacion-de-sus-dictamenes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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