RIÑA.
Si en los momentos de ir el reo a su casa, después de haber ingerido abundantes bebidas embriagantes, se encontró con otro ebrio con quien se cruzó frases injuriosas debido a la borrachera de ambos; y como resultado de las injurias, el reo propinó un golpe en la cara al ofendido, quien por respuesta le dio una cuchillada, dejándole clavado el cuchillo, el cual se sacó el reo y lo utilizó para corresponder a su rival a quien le dio una puñalada, resultando heridos los dos, aparece configurada la modalidad de riña con sus elementos objetivo y subjetivo, toda vez que a las injurias siguió la contienda de obra que la responsable clasificó correctamente atribuyendo al reo el carácter de provocador, por haber sido quien inició la contienda propiamente dicha.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261712-131b7463/rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- RIÑA. (s/clave)
- RIÑA. (s/clave)
- RIÑA. (s/clave)
- RIÑA PROVOCADO EN LA. (s/clave)
- RIÑA. (s/clave)
- RIÑA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis