CONDENA CONDICIONAL. MODO HONESTO DE VIVIR.
No es operante el concepto de violación relativo a la negativa del beneficio de la condena condicional, si el inculpado no aportó datos para demostrar que tuviera un modo honesto de vivir, pues no se cuenta con elemento alguno que permita, así sea en forma indirecta, concluir en el sentido de que se dedicaba a actividades lícitas para subsistir del producto de ellas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261887-4c706cf5/condena-condicional-modo-honesto-de-vivir · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7417/59. Celso Herrera Reyna. 17 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
Jurisprudencia relacionada
- CONDENA CONDICIONAL. (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL. MODO HONESTO DE VIVIR. (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis