PERITOS, APRECIACION DE SUS DICTAMENES.
Siendo los peritos órganos de prueba auxiliares del juzgador, como asesores técnicos en puntos que requieren conocimientos especiales, es natural que el juzgador se pronuncie por la opinión de aquéllos que le merezcan mayor confianza.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261934-09b20be9/peritos-apreciacion-de-sus-dictamenes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6496/59. Juan Rebolloza Noriega. 3 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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