TEMERIDAD EN LA DEFENSA.
Si es notoria la temeridad del defensor del acusado y quejoso, la responsable deberá ordenar que se haga un serio extrañamiento a dicho defensor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262055-f0ae3956/temeridad-en-la-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7229/59. Alfredo López Fávila. 11 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
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