CONDENA CONDICIONAL. MONTO DE LA FIANZA.
La fianza para la condena condicional, no debe exceder del monto de la que se constituye para la libertad condicional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262069-82bc447a/condena-condicional-monto-de-la-fianza · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2755/59. Genaro Leyva Martínez. 25 de enero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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