PERITOS, APRECIACION DE SUS DICTAMENES.
Las peritaciones existentes en los procesos penales constituyen orientaciones para el sentenciador, de las que puede apartarse si existen otros datos que lleven a conclusión contraria. Desde el punto de vista de la prueba, los dictámenes periciales tienen el carácter de meros indicios que sólo pueden tener eficacia para establecer la responsabilidad de un encausado, si existen otros elementos de convicción que, unidos a tales opiniones, conduzcan a la certeza de la imputación hecha.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262264-34e869a8/peritos-apreciacion-de-sus-dictamenes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3976/59. J. Refugio Franco Flores. 21 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
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