ARMAS PROHIBIDAS (TRANCHETES).
El delito de portación de arma prohibida quedó plenamente demostrado con la fe que del "tranchete" o cuchillo dio la autoridad que previno, y con los datos que conduce a la certeza de que el reo portaba dicha arma, sin que tenga eficacia el hecho de que en su calidad de panadero la necesitaba por tener que acudir temprano a sus labores; en primer lugar, por tratarse de arma cuyo uso no es legalmente posible, ni mediante permiso, por ser un objeto de los que en la ley figuran precisamente como armas prohibidas; y además, porque en la fecha de los hechos no trabajaba el acusado, según su propia manifestación y, finalmente, porque el cuchillo o tranchete no puede considerarse como instrumento de trabajo para un panadero.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262290-b8687958/armas-prohibidas-tranchetes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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