LIBERTAD CAUCIONAL Y CONDENA CONDICIONAL.
En tanto que la libertad caucional da posibilidad al acusado de permanecer en libertad, pero a disposición de la autoridad competente en tanto se instruye el proceso por el delito incriminado, tratándose de la suspensión condicional de la pena, ésta constituye un beneficio para el acusado de un delito, cuando la infracción cometida no es grave y se realizó por primera vez, siempre que el reo carezca de antecedentes penales, haya observado buena conducta con antelación al hecho criminoso y la pena impuesta no exceda de dos años de prisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262427-019712ce/libertad-caucional-y-condena-condicional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LIBERTAD CAUCIONAL. (s/clave)
- LIBERTAD CAUCIONAL. (s/clave)
- LIBERTAD CAUCIONAL. (s/clave)
- LIBERTAD CAUCIONAL. (s/clave)
- LIBERTAD CAUCIONAL. (s/clave)
- LIBERTAD CAUCIONAL. DIFERENCIA CON LA REMISION CONDICIONAL DE LA PENA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis