Corpus
Modo: Corpus Pro

DAÑO EN PROPIEDAD AJENA Y ROBO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 262859 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 80

El delito de daño no se configuró en forma autónoma, sino que fue sólo un medio para la consumación del robo, pues resulta irrelevante el que el acusado borrara la leyenda que ostentaba en un costado de la camioneta de la cual se apoderó, ya que si lo hizo antes del apoderamiento, en este caso fue un medio para consumar el robo, y si fue después de haber tomado la cosa, en esta segunda hipótesis ya el daño se causaba en cosa que el ladrón estimaba propia. Aun en los casos de destrucción absoluta no se configura, por dicha razón, en forma autónoma, el delito de daño, que queda absorbido en el de robo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262859-9f5395e0/dano-en-propiedad-ajena-y-robo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 3337/58. Francisco Felix López. 20 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

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