PECULADO (BANCO NACIONAL DE CREDITO EJIDAL).
La responsabilidad del acusado en el delito de peculado quedó plenamente comprobada si, como empleado al servicio del Banco Nacional de Crédito Ejidal, S. A., recibió diversas cantidades de dinero a fin de aplicarlas a los créditos que por su conducto gestionaron ejidatarios y asociados al banco, para sus labores agrícolas y distrajo parte de esos dineros en provecho propio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263525-782f06c9/peculado-banco-nacional-de-credito-ejidal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4909/57. Saturnino González Esmerio. 10 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
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