PECULADO (BANCO NACIONAL DE CREDITO EJIDAL, S.A).
El elemento constitutivo del delito de peculado, relativo a que sin ser funcionario el reo, haya estado encargado de un servicio público descentralizado, se prueba si tenía la calidad de Jefe de Zona del Banco Nacional de Crédito Ejidal, S.A., y si quedó demostrado que a sugestión del reo unos ejidatarios firmaron pagarés por distintas cantidades que quedaron en poder de aquél, como préstamo que le hicieran, tal comportamiento se subsume, sin dar pábulo a la duda, dentro del tipo penal de peculado, habida cuenta de que el dinero proporcionado por el Banco a los ejidatarios fue única y exclusivamente en calidad de avío, para que efectuaran las siembras indicadas en cada uno de los pagarés; pero en vez de darle este destino lo proporcionaron al ahora quejoso en calidad de préstamo, consumándose así una patente distracción del objeto para el cual estaba destinado ese dinero.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294996-074409e6/peculado-banco-nacional-de-credito-ejidal-s-a · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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