PECULADO, DELITO DE.
El cuerpo del delito de peculado quedó debidamente comprobado: con la constancia de que el acusado, al ocurrir los hechos, era inspector del Banco Nacional de Crédito Ejidal; mediante la documentación por la cual se demuestra la existencia de un faltante de frijol recogido por el reo, según recibos existentes; con el dicho del inculpado en el sentido de que efectivamente recogió el frijol, sin que en su totalidad haya ingresado a los almacenes de la institución bancaria. El conjunto de indicios existentes, constituye indudablemente prueba plena circunstancial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260432-4b4d758e/peculado-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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