SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO.
La omisión de la queja se ha considerado como su máxima deficiencia (artículo 76 de la Ley de Amparo).
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263572-6d4f58ef/suplencia-de-la-queja-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4884/58. Genaro Escandón Huerta. 27 de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Jurisprudencia relacionada
- SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO. (s/clave)
- SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO PENAL. (s/clave)
- DEFICIENCIA DE LA QUEJA. (s/clave)
- QUEJA, SUPLENCIA DE LA. (s/clave)
- SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO PENAL. (s/clave)
- SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO PENAL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis