FRAUDE. PAGO DE LO DEFRAUDADO.
El pago de lo defraudado no desvirtúa en manera alguna el delito cometido y sólo da lugar a que se absuelva al acusado de la reparación del daño.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263978-14270e4a/fraude-pago-de-lo-defraudado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 951/58. Pedro Parra Arellano. 7 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Jurisprudencia relacionada
- FRAUDE, REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- FRAUDE. PAGO POSTERIOR. (s/clave)
- FRAUDE, MONTO DEL. (s/clave)
- FRAUDE. (s/clave)
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis