LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
Los acusados, que obraron en legítima defensa de su padre, al hacer uso de la misma, se excedieron en ésta, si confiesan haber perseguido a los agresores, rematando a uno de ellos a puñaladas, después de haberle inferido lesiones con arma de fuego. Y el caso no puede ser considerado como cometido en riña, pues no existió el ánimo de reñir por parte de los reos, sino únicamente de defender a su padre de una nueva agresión por parte de los ofendidos, que ya lo habían atacado en ocasión anterior.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263986-09d75d00/legitima-defensa-exceso-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2014/57. Donato López Oñate y coagraviado. 13 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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