CONDENA CONDICIONAL (MODO HONESTO DE VIVIR).
Aun probado que el quejoso tiene el carácter de delincuente primario y que observó buena conducta, si no está demostrado que hubiera acreditado su modo honesto de vivir, ello determina que no se suplan agravios en su favor, por deficiencia de la queja, por lo que hace a la procedencia de la condena condicional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264138-8a2855c4/condena-condicional-modo-honesto-de-vivir · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2471/56. José Cruz Hernández. 19 de abril de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Jurisprudencia relacionada
- CONDENA CONDICIONAL (MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA, MODO HONESTO DE VIVIR Y DELINCUENTES PRIMARIOS). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (DELINCUENTES PRIMARIOS Y MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (MODO HONESTO DE VIVIR Y BUENA CONDUCTA). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis