LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
En la riña las dos conductas son ilícitas y en la defensa legítima, necesariamente una de las actuaciones debe ser lícita, acorde con el orden jurídico. La Suprema Corte ha establecido ya la incompatibilidad de la riña con la defensa legítima, pues en tanto que en aquélla es violado el derecho por los contendientes, en ésta el que la usa actúa en consonancia con las reglas del orden jurídico y por ello se justifica la realización de hechos típicos que en otras condiciones serían constitutivos de delitos, pero que quedan excluidos de ilicitud en función del principio de la preponderancia de intereses, al optar el Estado por la protección del de mayor valía que entraña la conservación misma del orden social, aun con el sacrificio del perteneciente al injusto agresor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264789-5c95ca37/legitima-defensa-y-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGÍTIMA DEFENSA Y RIÑA.- (1679)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA (EXCESO EN LA LEGITIMA DEFENSA). (s/clave)
- RIÑA, EXCLUYE LA LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis