RIÑA, EXCLUYE LA LEGITIMA DEFENSA.
Es criterio de esta Primera Sala de la Corte, que la riña y la legítima defensa, son situaciones jurídicamente incompatibles, pues mientras en aquélla la conducta de los contendientes implica la conciencia de estar violando el orden jurídico, en ésta la objetividad de la violencia por parte del que se defiende no es agresión, sino rechazo. Consecuentemente, el fallo que así lo establece, no es violatorio de garantías constitucionales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293914-a64058be/rina-excluye-la-legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3775/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de marzo de 1956. Cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Jurisprudencia relacionada
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- RIÑA Y LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis