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AGRARIO, QUEJA. LA FALTA DE DOCUMENTOS QUE PERMITAN CONOCER EN FORMA COMPLETA LA SITUACION QUE PROVOCO LA QUEJA, EXIGE LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO SUPLIENDO LA DEFICIENCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 264923 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Tercera Parte; Pág. 32

Ignorándose si se ejecutó debidamente y de modo fiel el fallo constitucional, al no saberse si se practicó la diligencia encaminada a devolver la posesión al agraviado, tratándose de materia agraria, el Juez del Distrito está obligado a recabar todas las pruebas que sean necesarias para precisar los derechos del núcleo de población interesado, de conformidad con lo que previenen los artículos 76, 78 y 157 de la Ley de Amparo; por lo que en aplicación del artículo 91, fracción IV, de la citada ley, referido directamente al trámite de la revisión, que debe aplicarse asimismo al recurso de queja por indiscutible analogía, es el caso de decretar la reposición del procedimiento del recurso de queja para el efecto de que se recaben de la autoridad responsable las constancias justificantes del informe producido en la queja, y que con vista de esas constancias emita el sentenciador la sentencia que legalmente proceda.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264923-65fe08b8/agrario-queja-la-falta-de-documentos-que-permitan · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 129/68. Comisariado Ejidal de "Las Paredes" y "Puerta del Barro", Municipio de "El Grullo", Jalisco. 19 de septiembre de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen C, página 14, tesis de rubro "AGRARIO. PRUEBAS INSUFICIENTES EN EL AMPARO. DEBE ORDENARSE LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.". Volumen CXX, página 45, tesis de rubro "AGRARIO. PRUEBAS INSUFICIENTES EN EL AMPARO. DEBE ORDENARSE LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.".

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