Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

REVISION FISCAL, IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL ASUNTO PARA LA ADMISIBILIDAD DE LA. CUAL ES EL ORGANO COMPETENTE PARA DEFINIRLAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 264955 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Tercera Parte; Pág. 187

El presidente de la Suprema Corte no goza de facultades legales para admitir el recurso porque el negocio tenga importancia y trascendencia, ni tampoco para desecharlo por el motivo de que esté privado de tales características. Ahora bien, si a la inversa, el presidente de este Tribunal Máximo no analizó, ni siquiera de modo provisional o sumario, el tópico relativo a la importancia y trascendencia del negocio, sino que en forma expresa omitió el estudio del problema, y estableció de manera terminante que la Segunda Sala "en su oportunidad resolverá lo que corresponda sobre la importancia y trascendencia del asunto, de conformidad con el artículo 244 de citado código", no puede, por lo mismo, ser base de un agravio, el hecho (aunque se supusiera demostrado) de que el negocio carece de importancia y trascendencia, cuando el presidente de esta Suprema Corte no apoyó el auto admisorio del recurso en la afirmación contraria, ni tocó en modo alguno el tema, pues se abstuvo de examinar dicho punto, y explícitamente le reservó a la Sala el conocimiento y la decisión de tal problema, el cual, en consecuencia, no debe analizarse en la reclamación, sino que es preciso dejar el estudio del mismo para el momento en que se falle el recurso de revisión fiscal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264955-144403dc/revision-fiscal-importancia-y-trascendencia-del-asunto-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Reclamación en la revisión fiscal 3/68. Salvador Herrera Muro. 19 de septiembre de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CXXXIV, página 64. Reclamación en la revisión fiscal 20/68. María Lara V. de Paez y coagraviado. 19 de agosto de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: jorge Iñárritu. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca,Volumen CXXIV, Tercera Parte, página 74, tesis de rubro "REVISION FISCAL, IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL ASUNTO PARA LA ADMISIBILIDAD DE LA. CUAL ES EL ORGANO COMPETENTE PARA DEFINIRLAS.". Nota: En el Volumen CXXXIV, página 64, esta tesis aparece bajo el rubro "REVISION FISCAL, IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL ASUNTO PARA LA PROCEDENCIA DEL RECURSO. CORRESPONDE A LA SEGUNDA SALA DETERMINARLA Y NO A LA PRESIDENCIA DE LA SUPREMA CORTE.".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis