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CRITERIO DE LOS JUECES DE DISTRITO, PUEDE VARIAR EN DIVERSAS SENTENCIAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 267075 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Tercera Parte; Pág. 50

No entraña violación de la ley, ni agravia a la autoridad recurrente, conculcando derechos suyos, la circunstancia de que el Juez de Distrito haya sostenido cierto criterio al fallar un amparo y, posteriormente, en otras dos sentencias que el propio Juez invoca, haya adoptado un criterio diverso. Si el criterio sustentado en la resolución que ahora se recurre es correcto, no implica agravio alguno el que se haya rectificado la opinión que con anterioridad había sustentado el propio sentenciador, ya que no está obligado a reiterar las tesis anteriormente adoptadas, como si se tratara de jurisprudencia de la Suprema Corte.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/267075-881a45c6/criterio-de-los-jueces-de-distrito-puede-variar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 6250/61. Colgate Palmolive Company. 21 de febrero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.

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