Corpus
Modo: Corpus Pro

ARTISTAS EXTRANJEROS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 267754 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Tercera Parte; Pág. 12

Si bien es cierto que el artículo 63 de la Ley General de Población sólo exige para que se pueda dar trabajo a los extranjeros, que se encuentren legalmente en el país y que estén autorizados para trabajar, también lo es que ello no entraña que los particulares puedan, de propia autoridad, extender esas autorizaciones a un centro de diversión distinto cuando la Secretaría de Gobernación las haya restringido a un centro de diversiones determinado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/267754-118a961f/artistas-extranjeros · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1109/60. Augusto Rosado Cantón. 21 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.

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