SANCIONES.
Aun suponiendo que una pena pecuniaria se hubiera impuesto al que realiza determinada importación, con base en aplicación analógica de un precepto legal, la medida carecería de validez supuesto que las sanciones son, por excelencia, medidas que no se pueden imponer por analogía, sino exclusivamente a virtud de ley exactamente aplicable al caso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/267982-73767b4b/sanciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 114/58. Fernando García. 14 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
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