UTILIDADES EXCEDENTES, IMPUESTO SOBRE.
Sólo a partir del primero de enero de 1951, en que entró en vigor la reforma al artículo 8o. de la Ley del Impuesto Sobre Utilidades Excedentes, se limita la deducción de lo pagado por concepto del 8% sobre dividendos al caso en que las sociedades paguen el impuesto por utilidades recibidas de otra empresa, pues antes de dicha reforma, la ley no establecía limitación alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/268318-7d20b9f3/utilidades-excedentes-impuesto-sobre · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 1521/55. American Photo Supply Co., S. A. 23 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.
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