Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

UTILIDADES EXCEDENTES, DEDUCCIONES AL IMPUESTO SOBRE (8% SOBRE DIVIDENDOS).

Clave: — · Registro digital (IUS): 384529 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 474

Sólo a partir del 1o. de enero de 1951, en que entró en vigor la reforma del artículo 8o. de la Ley de Impuesto sobre Utilidades Excedentes, se limita la deducción de lo pagado, por concepto del 8% sobre dividendos, al caso en que las sociedades paguen el impuesto por utilidades recibidas de otras empresas, pues antes de dicha reforma la ley no establecía limitación alguna.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384529-ba3bbb7a/utilidades-excedentes-deducciones-al-impuesto-sobre-8-sobre · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo CXXV, página 3460. Indice Alfabético. Revisión fiscal 196/54. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Compañía Carbonífera de Sabinas, S. A.). 21 de julio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Mariano Azuela. Tomo CXXV, página 474. Revisión fiscal 4/53. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (General Motors Acceptance Corporation de México, S. A.). 14 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis