ASISTENCIA PRIVADA. LEY DE INSTITUCIONES DE.
Es aplicable únicamente en el distrito y territorios federales; no es verdad que la exención concedida por el Código Fiscal que es Ley Federal, deba estar limitada por lo que determine una ley de aplicación local, ni que deba subordinarse a las condiciones que esta última establece.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/268357-ff2582b4/asistencia-privada-ley-de-instituciones-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 1292/58. Asociación Mexicana de la Cruz Blanca Neutral. 9 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.
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