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Modo: Corpus Pro

ACUERDOS PRESIDENCIALES, FALTA DE FUNDAMENTO DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 269083 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Tercera Parte; Pág. 15

Si el Ejecutivo Federal sólo se concreta a hacer una serie de consideraciones previas para dictar después el acuerdo que se combate, pero sin fundarlo en, disposición legal alguna, ello vicia a dicho acuerdo de inconstitucionalidad y hace que el mismo viole en perjuicio de la quejosa las garantías individuales consagradas en el artículo 16 constitucional, ya que, no apoyándose el propio acuerdo en mandamiento legal alguno, el quejoso se encuentra en la imposibilidad de combatirlo en la forma que a sus intereses convenga, oponiendo las defensas conducentes, precisamente por desconocer cuales fueron los preceptos legales que sirvieron de apoyo a las autoridades responsables para afectarla en sus intereses jurídicos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/269083-b2e8f571/acuerdos-presidenciales-falta-de-fundamento-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 5415/56. Fraccionadora Nacional, S. A (acumulados). 11 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Franco Carreño.

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