Corpus
Modo: Corpus Pro

DEMANDA CONTESTACION OMISA DE LA, EN UNO DE LOS HECHOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Clave: — · Registro digital (IUS): 269538 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Cuarta Parte; Pág. 55

La presunción establecida en el artículo 218 del Código de Procedimientos Civiles de Veracruz, consistente en tener por confesados los hechos que no hayan sido contestados, deriva precisamente de su falta de contestación, no de la declaración que el Juez haga en ese sentido, pues el demandado, al omitir referirse a determinados hechos en su escrito de contestación, no suscita controversia sobre ellos y, así no es menester que la parte actora rinda prueba para demostrarlos, ni tampoco que solicite del Juez la declaración de presuntivamente confesados por parte del demandado, sin que ello impida su confesión tácita, en los términos del artículo 317 del ordenamiento citado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/269538-9ff3685f/demanda-contestacion-omisa-de-la-en-uno-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 7502/66. Beatriz de la Cera de Rascón. 28 de agosto de 1967. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.

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