PENSION ALIMENTICIA, EL AUMENTO DE LA, NO CONSTITUYE NOVACION.
El aumento o disminución del monto de la pensión alimenticia no implica la novación del convenio, puesto que no significa alteración sustancial del objeto de la obligación de él derivada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/269945-6010f833/pension-alimenticia-el-aumento-de-la-no-constituye · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5587/63. Sofía López Ochoa. 6 de diciembre de 1965. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XV, Cuarta Parte, página 44, bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, EL AUMENTO DE RENTA NO CONSTITUYE NOVACION.".
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