ALIMENTOS. MONTO DE LA PENSION EN PORCENTAJE.
El hecho de que en el juicio se fije un porcentaje como monto de la pensión alimenticia, no implica una violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/392168-e3c8e39a/alimentos-monto-de-la-pension-en-porcentaje · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Séptima Epoca:
Amparo directo 7146/66. Adrián Rodríguez Troya. 30 de abril de 1969. Cinco votos.
Amparo directo 5915/69. José Luciano Romero Durán. 29 de marzo de 1971. Cinco votos.
Amparo directo 5016/70. Pablo Morales Peña. 8 de septiembre de 1971. Cinco votos.
Amparo directo 5974/74. Elpidio Bretón Guevara. 3 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 6262/78. Arcadio Gutiérrez Burgos. 19 de octubre de 1979. Cinco votos.
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