POSESION, CONFLICTOS ENTRE PARTICULARES SOBRE, TRATANDOSE DE BIENES DE PROPIEDAD FEDERAL.
Aun cuando se trate de un bien de propiedad federal, si el problema planteado en el juicio no es entre la nación y un particular, sino que se trata de una cuestión meramente posesoria entre particulares, dicha cuestión no es de la competencia de autoridades federales en los términos del artículo 104 de la Constitución, que dice que corresponde a los tribunales de la Federación conocer de las controversias en que la Federación fuese parte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270014-58ff5a17/posesion-conflictos-entre-particulares-sobre-tratandose-de-bienes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 8045/63. Magdalena Serrano Sotelo. 23 de julio de 1965. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.
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